Contraloría - Dictamen N° 47515 2013

Contraloría: Procedencia Permiso Circulación Minibús Turismo y Autorización Provisoria

Abstracto

Contraloría determina que municipalidades deben otorgar permiso de circulación a minibuses de turismo si cumplen requisitos legales, sin exigir autorización definitiva previa.

Resumen

  • La Municipalidad de Santiago consultó sobre la procedencia de otorgar permiso de circulación a un minibús de turismo, pese a que su titular solo contaba con una autorización provisoria de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones están facultadas para otorgar autorizaciones provisorias para servicios de transporte privado remunerado de pasajeros, con una duración de 30 días, prorrogables por igual plazo, las cuales caducan de pleno derecho si no se obtiene la autorización definitiva.
  • El decreto ley N° 3.063, de 1979, de Rentas Municipales, grava con un impuesto anual por permiso de circulación a los vehículos que transitan por la vía pública.
  • El DL 3063/79, en su artículo 12, ...

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