Contraloría - Dictamen N° 47579 2013

Contraloría: Inaplicabilidad de procedimiento sancionatorio a ministros de Estado

Abstracto

La Contraloría General dictaminó que el procedimiento administrativo sancionatorio del artículo 10 de la Ley N° 18.918 no aplica a los Ministros de Estado, pues no son jefes superiores del organismo, correspondiendo la responsabilidad al subsecretario.

Resumen

  • Solicitud de inicio de procedimiento administrativo sancionatorio por parte de diputados contra Ministros de Estado, invocando el artículo 10 de la Ley N° 18.918.
  • La solicitud se fundamenta en la presunta inacción de los Ministros para remitir información requerida por oficios, conforme al artículo 9° de la Ley N° 18.918.
  • El artículo 9° de la Ley N° 18.918 faculta a comisiones o parlamentarios para solicitar informes y antecedentes a los organismos de la Administración del Estado.
  • Los Ministerios son considerados órganos superiores de colaboración del Presidente de la República en las funciones de gobierno y administración del Estado, según la Ley N° 18.575.
  • Los Ministros de Estado son colaboradores directos e inmediatos del Presidente de la República, conforme a la Constitución ...

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