Contraloría - Dictamen N° 50880 2013
Calificación de contaminante en establecimientos: Ley 19.300, OGUC y SEIA
Abstracto
Dictamen aclara la no contradicción entre Ley 19.300 y OGUC sobre concepto de contaminante, estableciendo que autoridades sectoriales deben acatar la calificación ambiental emitida por el SEIA.
Resumen
- Se planteó una consulta a la Contraloría General sobre una aparente contradicción normativa entre la definición de "contaminante" de la Ley N° 19.300 y el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) en relación a establecimientos industriales y de bodegaje.
- La Ley N° 19.300, en su artículo 2°, letra d), define "contaminante" como toda sustancia, energía o combinación de ellas, cuya presencia en el ambiente, en ciertas condiciones, pueda representar un riesgo para la salud humana, la calidad de vida, la naturaleza o el patrimonio ambiental.
- El artículo 4.14.2 de la OGUC califica como establecimiento insalubre o contaminante aquel cuyas operaciones o elementos acopiados generen alteraciones del equilibrio ambiental, perjudiquen la salud humana o dañen r...
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