Contraloría - Dictamen N° 54027 2013

Alcance de "valor de reemplazo de la torre" según Ley 20.599 y normativa urbanística

Abstracto

El dictamen aclara que el "valor de reemplazo de la torre" se limita a los elementos soportantes, excluyendo antenas y sistemas de transmisión, conforme a la Ley N° 20.599 y su normativa asociada.

Resumen

  • La Contraloría General analizó la interpretación del "valor de reemplazo de la torre" contenida en el artículo 4º transitorio de la Ley N° 20.599, a solicitud de ATC Sitios de Chile S.A.
  • La Ley N° 20.599 regula la instalación de antenas y sistemas de telecomunicaciones, estableciendo un régimen transitorio para torres existentes.
  • El artículo 4º transitorio de la Ley N° 20.599 obliga a agrupar torres de telecomunicaciones de más de doce metros de altura no armonizadas con el entorno urbano en áreas saturadas.
  • El mismo precepto transitorio permite el reemplazo de una torre existente por una nueva con el fin exclusivo de lograr la colocalización de antenas.
  • Si la colocalización resulta técnicamente imposible, puede permanecer una estructura adicional previo informe favorable de la S...

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