Contraloría - Dictamen N° 54776 2013

Pensión no contributiva por gracia: requisitos para reliquidación y tercer sueldo superior.

Abstracto

La Contraloría deniega la reliquidación de pensión no contributiva por gracia solicitada por un ex Sargento 2º de la Armada, al no cumplir el requisito legal de 10 años en el mismo grado para incorporar el tercer sueldo superior.

Resumen

  • Don Juan Bernardo Tuya Caro, ex Sargento 2º de la Armada, solicitó a la Contraloría General la reliquidación de su pensión no contributiva por gracia, con el fin de incorporar el "tercer sueldo superior".
  • La solicitud del recurrente se fundamentó en los abonos computados bajo los artículos 4º y 12, inciso noveno, de la ley N° 19.234.
  • La pensión del recurrente fue originalmente otorgada mediante la resolución N° 1.686, de 2002, de la ex Subsecretaría de Marina, sin que se cumpliera el requisito de haber permanecido 10 años o más en un grado determinado.
  • El artículo 132, N° 1, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, establece que para acceder a ciertos beneficios, el personal debe tener más de quince años de servicios efectivos para el retiro,...

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