Contraloría - Dictamen N° 63214 2013
Dictamen Contraloría sobre turnos de llamada para funcionarios de salud
Abstracto
La Contraloría General establece que los Servicios de Salud están facultados para implementar turnos de llamada para funcionarios regidos por el Estatuto Administrativo, con el fin de atender emergencias y urgencias de forma continua y permanente.
Resumen
- El artículo 66 de la ley N° 18.834 faculta a los jefes superiores de institución para ordenar trabajos extraordinarios a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en días inhábiles, cuando deban cumplirse tareas impostergables.
- El artículo 70 del Estatuto Administrativo (Ley N° 18.834) permite a la jefatura asignar turnos entre el personal y fijar los descansos correspondientes.
- La jurisprudencia de la Contraloría General, contenida en los dictámenes Nos. 19.980 de 2012 y 37.454 de 2013, ha precisado que las entidades con labores que implican atender emergencias imposibles de prever tienen implícitamente concedida la atribución para establecer un sistema de turnos de llamada.
- La facultad para establecer turnos de llamada se fundamenta en la necesidad de realizar eficientemen...
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