Contraloría - Dictamen N° 64852 2013

Reincorporación de funcionario destituido: requisitos y aplicación ley 18.834.

Abstracto

La Contraloría niega la reincorporación de un exfuncionario basada en el art. 120 ley 18.834, al no cumplirse la exigencia de que la destitución sea exclusivamente por delito y el sobreseimiento penal se debió a prescripción y no a inexistencia de ilícito, primando infracciones de probidad.

Resumen

  • Un exfuncionario solicitó su reincorporación a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, fundamentando su petición en el artículo 120 de la ley N° 18.834, tras ser destituido por hechos considerados como delito y obtener el sobreseimiento definitivo de la causa penal originada por los mismos.
  • El artículo 120 del Estatuto Administrativo dispone que el servidor sancionado con destitución como consecuencia exclusiva de hechos que revisten caracteres de delito, y que en el proceso criminal hubiere sido absuelto o sobreseído definitivamente por no constituir ilícitos los actos denunciados, deberá ser reincorporado.
  • La destitución del recurrente se originó en la falsificación de la firma de la presidenta de la asociación de funcionarios y el timbre de dicha organización gremial, con ánimo de...

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