Contraloría - Dictamen N° 65971 2013
Contraloría se inhibe de pronunciarse por existir cosa juzgada judicial
Abstracto
La Contraloría General se abstiene de emitir pronunciamiento sobre indemnización solicitada por exdocente, al existir cosa juzgada judicial, conforme a Ley N° 10.336, por no poder intervenir en materias sometidas a conocimiento de los tribunales.
Resumen
- Doña Olga Arán Faúndez solicitó a la Contraloría General la reconsideración de un pronunciamiento anterior que desestimó su petición para percibir la indemnización por años de servicios, regulada en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación.
- La solicitud inicial fue desestimada por la Contraloría General bajo el argumento de que la materia consultada ya constituía cosa juzgada.
- El pronunciamiento de la Contraloría General se ve impedido por lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la Ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General.
- Dicha disposición legal establece que la Contraloría General no debe informar ni intervenir en asuntos que se encuentren sometidos al conocimiento de los Tribunales ...
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