Contraloría - Dictamen N° 67924 2013
Contraloría: Procedencia de la indicación médica para internación administrativa
Abstracto
Contraloría determina que solo un médico cirujano puede indicar la internación administrativa de personas, invalidando provisiones de manuales que permitan iniciarlas por otros profesionales.
Resumen
- El Artículo 130 del Código Sanitario faculta a la autoridad sanitaria para resolver sobre la observación de enfermos mentales, personas con dependencia de drogas u otras sustancias, y su respectiva internación, permanencia y salida de establecimientos.
- Según el Artículo 131 del Código Sanitario, la internación de estas personas puede ser voluntaria, administrativa, judicial o de urgencia, y el reglamento establecerá las condiciones para cada tipo.
- El Artículo 9° del Decreto N° 570/1998 exige que la medida de internación u hospitalización de una persona con enfermedad o trastorno mental sea indicada por un médico cirujano.
- Dicha indicación debe ser preferentemente por un médico tratante, cuyas calidades se definen en el Artículo 6°, N° 7° del mismo reglamento, o en su defecto por ot...
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