Contraloría - Dictamen N° 68093 2013
Pago de descanso complementario: renuncia voluntaria versus desvinculación por empleador
Abstracto
Este dictamen establece que el descanso complementario por horas extraordinarias no utilizadas procede solo en casos de desvinculación por decisión del empleador, mas no en caso de renuncia voluntaria del servidor.
Resumen
- El descanso complementario se concede para retribuir trabajos extraordinarios dispuestos por la autoridad, de acuerdo al artículo 66, inciso segundo, de la ley N° 18.834.
- Si el descanso complementario no puede ser otorgado por razones de buen servicio, el artículo 66, inciso segundo, de la ley N° 18.834, dispone su compensación mediante un recargo en las remuneraciones.
- La jurisprudencia administrativa previa, contenida en el Oficio N° 34.163 de 2011, indicaba que el descanso complementario no otorgado antes del cese debía ser compensado pecuniariamente.
- El dictamen N° 63.296, de 6 de octubre de 2011, modificó el criterio, señalando que la renuncia voluntaria a las funciones implica la pérdida de derechos no ejercidos, incluyendo el descanso complementario.
- La compensación pecuni...
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