Contraloría - Dictamen N° 68137 2013
Cese de pensión de orfandad e improcedencia de acumulación de montepíos
Abstracto
Dictamen concluye que el cese de pensión de orfandad y el descuento en montepío de la recurrente se ajustan a la normativa que prohíbe acumular más de una pensión.
Resumen
- Erika Marcela Matus Llamazares reclamó ante la Contraloría General por el cese de su pensión de orfandad y el descuento aplicado a su montepío en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
- La recurrente percibía una pensión de orfandad otorgada por el Instituto de Previsión Social (IPS) desde noviembre de 1988.
- La interesada optó por percibir un montepío en el régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, beneficio que fue otorgado a contar del 23 de mayo de 2011.
- El cese de la pensión de orfandad que venía percibiendo fue una consecuencia legal directa de la opción efectuada por la recurrente por el montepío en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.
- El artículo 201 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, vigente en virtud del artículo final del DFL N° 1, d...
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