Contraloría - Dictamen N° 83479 2013
Contraloría: Utilidad de tiempo servido en Sociedad Constructora para bono post laboral
Abstracto
La Contraloría dictamina que el tiempo servido en la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales no es computable para el bono post laboral de Ley N° 20.305, por no formar dicha entidad parte de la Administración del Estado.
Resumen
- La solicitud analizada versa sobre la utilidad del tiempo de servicios prestados en la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para percibir la bonificación establecida en la Ley N° 20.305.
- El período de tiempo de servicios en cuestión abarca desde el 5 de abril de 1971 hasta el 30 de septiembre de 1987.
- El artículo 1º, inciso primero, de la Ley N° 20.305 otorga un bono de naturaleza laboral al personal que, a la fecha de entrada en vigencia de la ley, ejerciere un cargo de planta o a contrata, y al contratado conforme al Código del Trabajo, en órganos y servicios públicos regidos por el Título II de la Ley N° 18.575.
- El artículo 2º, Nº 1, de la Ley N° 20.305 exige que las calidades mencionadas en el artículo 1º se posean en los organismos señalados o sus antecesore...
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