Contraloría - Dictamen N° 1284 2014
Inhabilidad para postular a representante del Consejo de Fomento Pesca Artesanal
Abstracto
Dictamen analiza la aplicación de la inhabilidad para la reelección de representantes de pescadores artesanales ante el Consejo de Fomento Pesca Artesanal, según la Ley N° 20.597, ratificando su aplicabilidad a quienes ejercían el cargo al entrar en vigencia la ley.
Resumen
- El dictamen aborda la inhabilidad para la reelección de representantes de pescadores artesanales ante el Consejo de Fomento de la Pesca Artesanal.
- La Ley N° 20.597 modificó el artículo 59 de la Ley General de Pesca y Acuicultura (Ley N° 18.892), estableciendo que los representantes de pescadores artesanales duran dos años en sus cargos.
- Dicha modificación también prohíbe la reelección de los representantes de pescadores artesanales que ya han cumplido su período.
- Adicionalmente, la Ley N° 20.597 estipula que los reemplazantes de los consejeros deben provenir de una región distinta dentro de la macrozona respectiva.
- La Ley N° 18.892, en su artículo 59, establece la regulación del Consejo de Fomento de la Pesca Artesanal, su composición y el procedimiento de designación de sus miem...
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