Contraloría - Dictamen N° 1983 2014
Dictamen sobre reembolso de gastos de sala cuna no utilizados por funcionaria
Abstracto
La Contraloría determina que una funcionaria no tiene derecho a reembolso por gastos de sala cuna no utilizados, ya que el ordenamiento jurídico no contempla dicha compensación y el empleador cumple su obligación pagando directamente a la institución autorizada.
Resumen
- Una funcionaria de la Policía de Investigaciones de Chile solicitó un pronunciamiento sobre si procede el reembolso de gastos incurridos por concepto del beneficio de sala cuna que no utilizó.
- El artículo 203 del Código del Trabajo establece que el empleador cumple su obligación de sala cuna teniendo salas anexas o pagando directamente los gastos a la institución autorizada por la Junta Nacional de Jardines Infantiles.
- Se señala que el servicio de la Policía de Investigaciones de Chile no tiene facultades para reembolsar gastos ya efectuados por el derecho de sala cuna, conforme a información previa de la Entidad Fiscalizadora.
- Los artículos 6º y 7º de la Constitución Política exigen que los Órganos de la Administración, como la Policía de Investigaciones, sometan su acción a la Ca...
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