Contraloría - Dictamen N° 2918 2014
Dictamen sobre compensación de horas extraordinarias y renuncia voluntaria
Abstracto
Contraloría determina que no procede el pago en dinero de horas extraordinarias si el funcionario renuncia antes de gozar del descanso compensatorio, ajustándose a derecho el reintegro solicitado por la entidad.
Resumen
- La Ley N° 18.834, en sus artículos 66 y 98, letra c), establece que las horas extraordinarias ordenadas para el cumplimiento de tareas impostergables deben ser compensadas con descanso complementario o, si esto no fuere posible por razones de buen servicio, retribuidas con un recargo en las remuneraciones.
- Se aplica el criterio jurisprudencial de la Contraloría General (Dictamen N° 6.383/2012) que señala que el carácter voluntario de la dimisión de un funcionario, en conocimiento de que se encuentra pendiente el descanso compensatorio por labores extraordinarias cumplidas, impide configurar un enriquecimiento sin causa a favor de la Administración que justifique que dichas horas deban ser pagadas en dinero.
- En consecuencia, si un funcionario renuncia voluntariamente y no alcanza a ej...
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