Contraloría - Dictamen N° 332 2014
Dictamen sobre financiamiento y registro de asignación a personal de salud municipal
Abstracto
Dictamen aclara que asignación especial a personal de salud municipal (art. 45, ley 19.378) puede financiarse con aportes estatales (art. 49) o fondos municipales, y debe registrarse en cuenta contable específica.
Resumen
- La consulta se refiere a si la asignación contemplada en el artículo 45 de la ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, puede ser pagada con cargo al aporte estatal previsto en el artículo 49 de la misma ley o con fondos propios del municipio, y respecto a la imputación presupuestaria.
- La asignación especial de carácter transitorio, otorgada bajo el artículo 45 de la ley N° 19.378, es discrecional para la entidad administradora, pudiendo fijarse por acuerdo del Concejo Municipal, adaptándose a la disponibilidad presupuestaria anual y debiendo durar, como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año.
- La Subsecretaría de Redes Asistenciales interpreta que los aportes estatales mensuales para financiar las prestaciones de salud (art. 49, ley 19.378) comprenden tod...
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