Contraloría - Dictamen N° 367 2014
Dictamen sobre cálculo de tasa de reemplazo líquida para bono
Abstracto
Este dictamen analiza el cálculo de la tasa de reemplazo líquida para acceder a un bono de jubilación, estableciendo que solo debe considerarse la remuneración del último cargo cesado para evitar distorsiones.
Resumen
- El dictamen aborda el reclamo de una exdocente sobre la denegación de un bono, argumentando que su tasa de reemplazo líquida excedió el 55% requerido por la Ley N° 20.305.
- La Ley N° 20.305, en su artículo 2°, numeral 3°, establece como requisito copulativo para acceder a la prestación de bono, tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
- La Ley N° 20.305, artículo 2°, letra c), define la tasa de reemplazo líquida como la expresión porcentual resultante de dividir el monto mensual de la pensión de vejez líquida por la remuneración promedio líquida.
- La Superintendencia de Pensiones estimó la tasa de reemplazo líquida de la reclamante en un 69,17%, basándose únicamente en las remuneraciones percibidas en su último empleo en la Corporación Comunal de Desarrollo...
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