Contraloría - Dictamen N° 4903 2014
Derecho al cobro de diferencias en asignación y prescripción
Abstracto
El derecho al cobro de diferencias de la asignación de acreditación individual y estímulo colectivo prescribe en seis meses desde que se hace exigible, salvo interrupción. La Contraloría revisará solo desde que la deuda no estuviera prescrita.
Resumen
- El artículo 86 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, regula la bonificación de acreditación individual y estímulo al desempeño colectivo para el personal de salud, la cual comprende un componente por acreditación individual y otro asociado al cumplimiento anual de metas sanitarias.
- El artículo 87 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, establece que el componente de acreditación individual ascenderá a un máximo de 6,5%, según los años de servicio del funcionario, y el componente colectivo será de 7,5%.
- El artículo 99 de la ley N° 18.834 prescribe que el derecho al cobro del estipendio en estudio, y sus diferencias, prescribe en el plazo de seis meses contado desde que se hizo exigible, término que puede ser interrumpido. -...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora