Contraloría - Dictamen N° 13755 2014
Pago de diferencias remuneratorias por ascenso de cargo titular en contrata
Abstracto
Funcionaria a contrata tiene derecho a la diferencia remuneratoria de su cargo titular promovido, pues conservó la propiedad de este, debiendo regularizarse el pago retroactivo. Se aplica Ley 18.834.
Resumen
- Derecho de Propiedad sobre Cargo Titular: Un funcionario público que ejerce funciones a contrata conserva la propiedad de su cargo titular, el cual puede experimentar ascensos o promociones.
- Remuneración Exclusiva del Cargo a Contrata: Mientras un funcionario se desempeña a contrata, su remuneración será exclusivamente la correspondiente al cargo a contrata, salvo que se reconozca el derecho a diferencias por su cargo titular.
- Incompatibilidad de Empleos Públicos: El artículo 86 de la Ley N° 18.834 establece la incompatibilidad de los empleos públicos, permitiendo la conservación de la propiedad del cargo titular por quien presta servicios a contrata.
- Efectividad de las Promociones: Las promociones o ascensos en los cargos públicos se rigen por el artículo 53 de la Ley N° 18.834 y ...
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