Contraloría - Dictamen N° 14026 2014
Acceso a bono pensión invalidez Ley 20.305: requisitos de edad y plazos
Abstracto
Funcionarios con pensión de invalidez posterior a la ley 20.305 acceden al bono al cumplir 65 años, si postulan en plazo legal, conforme a normativa y dictamen precedente.
Resumen
- Los empleados que se encontraban desempeñando su cargo al 1 de enero de 2009 y que con posterioridad a esa fecha obtienen una pensión de invalidez conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980, son los sujetos a quienes el artículo 12 de la ley N° 20.305 se refiere para efectos del acceso a un bono, según lo interpretado por el dictamen N° 74.888, de 2013.
- El acceso al bono establecido por la ley N° 20.305 para los funcionarios en las condiciones descritas está supeditado a que su pensión de invalidez se haya obtenido con posterioridad a la entrada en vigor de dicha ley.
- Los funcionarios hombres que cumplan los requisitos para acceder al bono deberán tener cumplidos 65 años de edad, según lo estipula la normativa aplicable.
- La solicitud para acceder al bono debe presentarse ante el jef...
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