Contraloría - Dictamen N° 14029 2014
Dictamen: Errores administrativos no invalidan ascenso, protegiendo la buena fe
Abstracto
La Contraloría establece que errores municipales no afectan a servidores de buena fe, rectificando un ascenso y un nombramiento, y asignando cargos conforme a la normativa y vacantes reales.
Resumen
- La provisión de cargos municipales se rige por la Ley N° 18.883, la cual establece el ascenso como método principal, seguido por el nombramiento y el concurso público.
- El cargo de jefatura de la unidad encargada del control municipal debe proveerse mediante concurso de oposición y antecedentes, según el artículo 29 de la Ley N° 18.695.
- El principio de buena fe en la administración pública implica que las omisiones y errores de la entidad edilicia no pueden afectar a los terceros que actúan con el convencimiento de hacerlo dentro del ámbito de juridicidad.
- El ascenso del servidor Ariel Delgado Álvarez al cargo de Director de Administración y Finanzas, grado 8, mediante decreto alcaldicio N° 521 de 2011, se ajustó a la normativa pertinente, si bien omitió la identificación específica...
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