Contraloría - Dictamen N° 8897 2014

Rechazo de Reclamo Extemporáneo sobre Ubicación en Escalafones Municipales por Vencimiento de Plazo

Abstracto

La Contraloría General rechaza reclamo de funcionario municipal por extemporaneidad, al no haberse interpuesto dentro del plazo legal de diez días hábiles tras la disponibilidad de los escalafones de mérito y antigüedad.

Resumen

  • Los servidores municipales tienen derecho a reclamar su ubicación en los escalafones de mérito y antigüedad, conforme al inciso tercero del artículo 50 de la ley N° 18.883.
  • El procedimiento para interponer reclamos sobre la ubicación en los escalafones se rige por el artículo 156 de la ley N° 18.883.
  • El plazo legal para interponer un reclamo sobre la ubicación en un escalafón es de diez (10) días hábiles.
  • Dicho plazo de diez días hábiles debe computarse a partir de la fecha en que el instrumento escalafonario está a disposición de los empleados para su consulta.
  • Una vez que transcurre el plazo de diez días hábiles sin que se haya hecho uso de la prerrogativa de reclamar, el escalafón adquiere el carácter de inamovible.
  • La jurisprudencia de la Contraloría General, citando por ej...

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