Contraloría - Dictamen N° 9463 2014
Análisis de medidas disciplinarias, toma de razón y probidad administrativa
Abstracto
Contraloría rechaza invalidación de destitución, reafirmando que medidas disciplinarias no se modifican post-toma de razón y que probidad abarca conducta privada que afecte el servicio.
Resumen
- Las medidas disciplinarias impuestas no pueden ser modificadas una vez que el acto que las materializa ha sido objeto de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, salvo que se acredite de forma inequívoca la existencia de un vicio de legalidad al momento de su dictación, o que surjan hechos nuevos cuya magnitud permita alterar lo resuelto.
- La toma de razón de una resolución administrativa, en este caso la resolución N° 117, de 2013, implica la verificación de su legalidad y la ausencia de ilegalidad o arbitrariedad por parte de la Contraloría.
- Los plazos legales establecidos para los trámites y decisiones de la Administración Pública no son fatales, por lo que su inobservancia no afecta la validez de las actuaciones realizadas extemporáneamente, según lo ha d...
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