Contraloría - Dictamen N° 9603 2014

Plazo vencido para invalidar resoluciones de exonerados políticos

Abstracto

La Contraloría General determina que el plazo para invalidar resoluciones que otorgan la calidad de exonerados políticos, según la Ley 19.880, se encuentra vencido, impidiendo su revocación administrativa en los casos de Garrido González y Arredondo Barraza.

Resumen

  • La facultad de calificar a una persona como "exonerado político" reside privativamente en el Presidente de la República, a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, basándose en la convicción del carácter político de la desvinculación.
  • La Contraloría General de la República carece de atribuciones para cuestionar o ejercer control directo sobre las resoluciones que otorgan la calidad de exonerado político.
  • En ausencia de un plazo específico en la ley para que la autoridad administrativa revise y deje sin efecto actos de esta naturaleza, se aplica el plazo general de invalidación establecido en el artículo 53 de la Ley N° 19.880.
  • El artículo 53 de la Ley N° 19.880 dispone que los actos administrativos contrarios a derecho pueden ser invalidados de oficio o a petición de...

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