Contraloría - Dictamen N° 9799 2014
Contraloría: Cobro de remuneraciones en exceso a herederos de exfuncionarios
Abstracto
La Contraloría determina que la Administración debe cobrar a los herederos de exfuncionarios fallecidos las deudas por remuneraciones percibidas en exceso, al constituir dichas sumas deudas hereditarias no autorizadas para su castigo.
Resumen
- La Tesorería del Ejército solicitó determinar la procedencia de cobrar a herederos de exfuncionarios fallecidos deudas por remuneraciones percibidas en exceso.
- El Código Civil establece que la sucesión a título universal ocurre cuando se sucede a una persona difunta afectando todos sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles (Art. 951, inc. segundo).
- El acervo o masa de bienes del causante debe deducir las deudas hereditarias (Art. 959, N° 2, Código Civil).
- Los herederos son considerados continuadores de la persona del causante en su patrimonio, asumiendo los efectos de sus negocios jurídicos, salvo excepciones legales.
- Se mencionan los beneficios de inventario y de separación como excepciones a la asunción de deudas por parte de los herederos (Arts. 1.247 y 1.378, Código C...
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