Contraloría - Dictamen N° 16714 2014
Dictamen Contraloría: Especialidad no requerida para contratar profesional de salud nivel I.
Abstracto
La Contraloría General aclara que para contratar a un profesional en el nivel I de la planta superior de un centro de salud, no es requisito acreditar una especialidad, aunque la autoridad puede ponderarla.
Resumen
- Principio General: Para que un profesional funcionario sea designado a contrata asimilado al nivel I de la etapa de planta superior, no se requiere que acredite la posesión de una especialidad.
- Marco Normativo Ley 19.664: El artículo 5° de la Ley N° 19.664 establece que los profesionales funcionarios no directivos que desempeñen jornadas diurnas en establecimientos de salud quedan sujetos a una carrera estructurada en dos etapas, incluyendo la de Planta Superior conformada por tres niveles.
- Ingreso y Contratación en Planta Superior: El ingreso a la etapa de Planta Superior se efectúa por concurso público (Ley N° 19.198) para cargos titulares en nivel I, sin perjuicio de la facultad de los directores de servicios de salud (art. 21° Ley 19.664) para contratar profesionales asimilados a...
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