Contraloría - Dictamen N° 17181 2014
Derecho a sala cuna para madre funcionaria con licencia médica
Abstracto
La Contraloría General determina que la madre funcionaria tiene derecho al beneficio de sala cuna mientras se encuentra con licencia médica, sin necesidad de reintegrarse a sus labores, basándose en la protección a la maternidad y al menor.
Resumen
- El Código del Trabajo, en su Título II, consagra normas de protección a la maternidad, destinadas a resguardar la estabilidad funcionaria y la salud de la madre y el hijo durante su primera etapa de vida.
- El artículo 203 del Código del Trabajo establece el derecho a sala cuna para las trabajadoras cuando la institución cuente con veinte o más empleadas.
- La interpretación de las normas de protección a la maternidad debe procurar su cumplimiento cabal, asegurando la protección de los menores y el ejercicio de la seguridad social.
- Se considera procedente otorgar el beneficio de sala cuna a una madre funcionaria aun cuando se encuentre gozando de licencia médica.
- La negativa del derecho a sala cuna durante el reposo médico de la madre pondría en riesgo la salud e integridad física de...
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