Contraloría - Dictamen N° 17336 2014

Dictamen sobre cotizaciones previsionales de personal de reserva en servicio activo

Abstracto

Se determina que cotizaciones de períodos anteriores al servicio activo militar deben traspasarse a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y ser computables, mientras que las posteriores a marzo de 2003 deben remitirse al régimen del DL 3.500.

Resumen

  • Solicitud: Sergio Fernando Gajardo Arévalo, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), requirió un pronunciamiento sobre su derecho a permanecer en la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CPDN) debido a su desempeño como personal de reserva llamado al servicio activo en la Fuerza Aérea.
  • Posición de la Superintendencia de Pensiones: El sistema previsional que corresponde al peticionario es el contenido en el decreto ley N° 3.500, de 1980.
  • Información de la DGAC: El señor Gajardo Arévalo se desempeñó como profesional contratado desde el 1 de enero de 1997, con imposiciones en el régimen de capitalización individual, previo a su llamado al servicio activo en la Fuerza Aérea en 2003.
  • Información de la CPDN: Las cotizaciones efectuadas en la CPDN a contar de m...

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