Contraloría - Dictamen N° 19901 2014

Contraloría General: Interpretación sobre tasa de reemplazo líquida y bono postlaboral

Abstracto

La Contraloría General determina que no procede recalcular la tasa de reemplazo líquida del bono postlaboral según el artículo sexto transitorio de la ley N° 20.305, sino solo para quienes cesaron en el período del artículo quinto transitorio.

Resumen

  • La Superintendencia de Pensiones solicitó a la Contraloría General un pronunciamiento sobre la posibilidad de recalcular la tasa de reemplazo líquida del bono postlaboral, conforme al artículo quinto transitorio de la ley N° 20.305, a postulantes que habiendo cesado con posterioridad a su vigencia solicitaron el beneficio.
  • El artículo quinto transitorio de la ley N° 20.305 estableció un sistema especial para la obtención de la prestación de bono postlaboral para trabajadores que hubieren cesado en el período comprendido entre el 14 de noviembre de 2003 y el 1 de enero de 2009.
  • Según lo estipulado en el artículo quinto transitorio, si los trabajadores optaron por la modalidad de pensión Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida, se considerará como pensión de vejez líquida la renta ...

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