Contraloría - Dictamen N° 25832 2014
Acceso a bono post laboral por invalidez: requisitos de plazo y edad
Abstracto
La Contraloría General define las condiciones para acceder al bono post laboral de la ley N° 20.305, enfatizando la necesidad de solicitarlo dentro de 12 meses tras cumplir la edad o tener pensión de invalidez, bajo pena de renuncia.
Resumen
- Los empleados que obtengan una pensión de invalidez conforme al decreto ley N° 3.500, de 1980, podrán acceder al bono establecido en la ley N° 20.305, siempre que cumplan con las edades exigidas y las demás condiciones que la normativa establece.
- El artículo 12 de la ley N° 20.305 estipula que la prestación del bono post laboral debe ser solicitada al exempleador a partir del cumplimiento de los 60 años de edad para las mujeres.
- El plazo para solicitar el bono post laboral es de doce meses siguientes a la fecha de cumplimiento de la edad exigida (60 años para mujeres) o a la fecha de obtención de la pensión de invalidez definitiva.
- La inactividad en la presentación de la solicitud dentro del plazo de doce meses se considera una renuncia al derecho a percibir la bonificación.
- En e...
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