Contraloría - Dictamen N° 27078 2014
Dictamen sobre oportunidad de consulta indígena en propuestas educativas del CNED
Abstracto
El dictamen precisa que la consulta a pueblos indígenas sobre planes de estudio o bases curriculares, exigida por el Convenio 169 OIT, puede efectuarse antes o después del pronunciamiento del CNED, debiendo asegurar influencia real y efectiva.
Resumen
- El Consejo Nacional de Educación (CNED) consultó si la consulta a pueblos indígenas, requerida por el Convenio N° 169 de la OIT, debe realizarse previa a la presentación de propuestas ministeriales de planes y programas de estudio o bases curriculares, o si puede efectuarse con posterioridad a la aprobación por parte del CNED.
- El Convenio N° 169 de la OIT, promulgado por Decreto N° 236 de 2008, obliga a los gobiernos a consultar a los pueblos interesados mediante procedimientos apropiados, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.
- La consulta exigida por el Convenio N° 169 OIT debe efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de lograr un acuerdo o consentimiento.
- La Ley N° 19.2...
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