Contraloría - Dictamen N° 28167 2014
Dictamen sobre cobro excesivo de sobresueldo de montaña y frontera en Carabineros
Abstracto
La Contraloría General ratifica la legalidad del cobro por Carabineros de la deducción de sobresueldos de especialidad de montaña o frontera pagados en exceso, al haberse perdido los requisitos habilitantes.
Resumen
- Un exfuncionario de Carabineros reclamó contra la deducción de su finiquito por supuestos pagos excesivos del sobresueldo de especialidad de montaña o frontera.
- El sobresueldo de especialidad de montaña o frontera está regulado por el artículo 48, letra d), N° 3 del Decreto con Fuerza de Ley N° 2/1968 (Estatuto del Personal de Carabineros de Chile).
- El artículo 2° del Decreto N° 87/1999 establece que el 'congelamiento' de dicho sobresueldo debe efectuarse al monto del sueldo del grado que ostentaba el funcionario al momento de perder los requisitos habilitantes.
- El reclamante dejó de cumplir con los requisitos para percibir el estipendio el día 1 de febrero de 2002.
- El pago indebido del sobresueldo se efectuó en una cantidad superior (grado 9°) en lugar de congelarse al monto del...
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