Contraloría - Dictamen N° 29004 2014
Dictamen sobre cese anticipado de contrata, licencias médicas y aviso previo
Abstracto
La Contraloría determina que no es obligatoria la comunicación anticipada del término de una contrata ni la tramitación de licencias médicas presentadas tras el cese, y que el pago de remuneraciones procede hasta la notificación del acto de desvinculación.
Resumen
- El término de una designación a contrata, que contenga la cláusula sobre la necesidad de los servicios, puede ser resuelto por la autoridad en cualquier época anterior a su vencimiento, sin que se requiera aviso previo para dar a conocer dicha decisión, según lo ha precisado la Contraloría General en dictámenes anteriores (ej. Nos 73.242/2011, 62.998/2013).
- La notificación de un acto administrativo, como el cese de funciones, efectuada mediante carta certificada, conforme al artículo 46 de la Ley N° 19.880, conserva su validez incluso si la carta es devuelta por la empresa de correos, ya sea por domicilio cerrado o por no ser habido el destinatario.
- La obligación del organismo empleador de recibir y dar curso a las licencias médicas se restringe al período en que el solicitante osten...
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