Contraloría - Dictamen N° 29006 2014
Contraloría: Facultad de autoridad para concluir comisiones de servicio
Abstracto
La Contraloría General dictamina que la autoridad que ordena una comisión de servicio tiene la facultad de modificar su término o concluirla anticipadamente por razones de servicio, sin que la ley exija visación ministerial para dicha modificación.
Resumen
- Las obligaciones de los funcionarios públicos incluyen cumplir las destinaciones y comisiones de servicio ordenadas por la autoridad competente y observar las órdenes impartidas por el superior jerárquico, conforme al artículo 61, letras e) y f), de la Ley N° 18.834.
- El artículo 8º del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, permite a los Directores Generales, con la visación del Ministro de Obras Públicas, disponer comisiones de servicio para su personal por hasta seis meses anuales, prorrogables.
- Las comisiones de servicio son consideradas una medida dispuesta por la superioridad, especificando de manera transitoria el lugar donde un funcionario debe ejercer sus funciones, pudiendo conllevar desplazamiento o la exigencia de realizar tareas espec...
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