Contraloría - Dictamen N° 30214 2014
Obligatoriedad y Sanciones de Acreditación de Carreras Pedagógicas
Abstracto
La Contraloría determina que, si bien la acreditación de carreras pedagógicas es obligatoria, la única sanción legal por incumplimiento es la privación de recursos estatales o garantía del Estado para financiar estudios.
Resumen
- Consulta sobre la obligatoriedad de la acreditación de carreras y programas de pedagogía y la responsabilidad del Ministerio de Educación y organismos relacionados.
- La Comisión Nacional de Acreditación señala que la acreditación de carreras y programas es obligatoria.
- La única consecuencia legal establecida para el incumplimiento de la obligatoriedad de acreditación es la imposibilidad de acceder a recursos estatales o a la garantía del Estado para el financiamiento de estudios de nuevos alumnos.
- La Subsecretaría de Educación confirma que la acreditación no es un requisito legal para impartir los estudios de pedagogía.
- El artículo 1°, letra d) de la Ley N° 20.129 define la acreditación como el proceso de verificación de la calidad de los programas ofrecidos por instituciones de e...
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