Contraloría - Dictamen N° 30686 2014
Contraloría: Modificación de turnos no constituye sanción administrativa
Abstracto
La Contraloría determina que la modificación de turnos de trabajo por parte de la autoridad administrativa no constituye una sanción, sino una medida de buena administración para atender necesidades del servicio, conforme a la ley y jurisprudencia.
Resumen
- Una servidora a contrata alegó haber sido sancionada con una rebaja de sus turnos extraordinarios sin debido proceso, tras una denuncia por acoso laboral.
- El centro de salud justificó la restricción de turnos como una medida para proteger a la recurrente y al personal, previniendo conflictos derivados del exceso de horas.
- El Director de un establecimiento autogestionado tiene facultad para gestionar al personal, incluidos los empleados a contrata, en su calidad de jefe superior de servicio. (Ref: DFL N° 1, 2005, Ministerio de Salud, art. 36, letra f).
- La fijación y modificación de turnos constituye una atribución de la superioridad, en concordancia con los principios de servicialidad de la Administración y continuidad de la función pública.
- Los principios que rigen esta atribució...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora