Contraloría - Dictamen N° 31922 2014

Pérdida propiedad cargo Alta Dirección Pública al acceder a nuevo concurso

Abstracto

Dictamen analiza si profesionales funcionarios conservan propiedad de su cargo asistencial al acceder a puestos de Alta Dirección Pública vía concurso, estableciendo que la pérdida ocurre si el acceso excede el primer período de nombramiento.

Resumen

  • La designación de un profesional funcionario que desempeñe un cargo en propiedad para ocupar otro incompatible, produce la vacancia del anterior por el solo ministerio de la ley, a menos de rechazar por escrito el nuevo cargo, según el inciso primero del artículo 14 de la Ley N° 15.076.
  • El inciso cuarto del artículo 14 de la Ley N° 15.076, modificado por el artículo 8º de la Ley N° 20.261, permite a los profesionales funcionarios conservar la propiedad de sus empleos anteriores incompatibles (sin derecho a remuneración) al ser nombrados en cargos de Director de Hospital o Subdirector Médico bajo el Sistema de Alta Dirección Pública (ADP).
  • El derecho a retener la propiedad del empleo anterior, otorgado por el inciso cuarto del artículo 14 de la Ley N° 15.076, se extiende exclusivament...

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