Contraloría - Dictamen N° 33628 2014
Improcedencia de acrecimiento de pensión de orfandad por fallecimiento de la viuda
Abstracto
La Contraloría determina la improcedencia de acrecer una pensión de orfandad ante el fallecimiento de la madre viuda, por inexistencia de norma legal que lo autorice.
Resumen
- Solicitud de pronunciamiento por parte de Virginia Vargas Picón para reconocer el derecho a acrecer su pensión de orfandad, tras el fallecimiento de su madre, quien fuera titular de montepío en el régimen de la ex Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado.
- El Instituto de Previsión Social informó que no es posible otorgar el aumento reclamado, señalando que las disposiciones aplicables no autorizan el acrecimiento de una pensión de orfandad por defunción de la viuda.
- El artículo 3°, letras a), b) y c), de la Ley N° 12.522, establece las condiciones para la concesión del montepío derivado del fallecimiento del causante a la viuda y a los hijos.
- Según la Ley N° 12.522, la viuda tiene derecho al 100% de la pensión si no hay hijos, o al 50% si existen, con posib...
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