Contraloría - Dictamen N° 34327 2014
Cómputo de plazo para dejación de servicio de funcionarios públicos
Abstracto
La Contraloría General determina que el plazo de 180 días para la dejación de servicio de funcionarios, según ley 20.734, se computa en días hábiles desde su publicación, aplicando supletoriamente la ley 19.880.
Resumen
- Una funcionaria del Servicio Agrícola y Ganadero consultó a la Contraloría General sobre el cómputo del plazo de 180 días para la dejación del servicio, establecido en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 20.734.
- La Contraloría General, en su dictamen N° 28.438 de 2014, ha concluido que el plazo de ciento ochenta días dispuesto por el artículo 12 de la ley N° 20.734 para que los servidores hagan dejación de su cargo, debe contarse desde la publicación de dicha ley.
- El plazo de 180 días para la dejación del servicio debe computarse como días hábiles.
- El cómputo del plazo en días hábiles se fundamenta en la aplicación supletoria de la ley N° 19.880.
- Se ejemplifica que el referido plazo se cumplía el 20 de noviembre de 2014, o como fecha máxima el 31 de marzo de 2015, en l...
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