Contraloría - Dictamen N° 35707 2014

Dictamen sobre habilitación de Mutualidad para asegurar riesgos a funcionarios

Abstracto

La Contraloría General determina que la Mutualidad de Funcionarios de Prisiones no está facultada para asegurar riesgos, al no haber sido autorizada ni operar bajo las condiciones de la normativa vigente.

Resumen

  • La Dirección Nacional de Gendarmería de Chile solicitó un pronunciamiento sobre la procedencia de contratar un seguro de vida para sus funcionarios, en conformidad con la ley N° 7.996.
  • El artículo 7º del decreto con fuerza de ley N° 3.650, de 1927, establecía la obligación de seguro para el personal de Carabineros de Chile, a cumplirse a través de la Mutualidad de Carabineros.
  • El artículo 1º de la ley N° 7.996 extendió la aplicación del artículo 7º del DFL N° 3.650/1927 al personal de todos los servicios afectos al régimen de la Caja de Previsión de Carabineros, con exclusión del personal del Servicio de Prisiones.
  • El inciso segundo del artículo 1º de la ley N° 7.996 dispuso que el personal del Servicio de Prisiones estaría obligado a contratar un seguro de vida en su propia Mutual...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora