Contraloría - Dictamen N° 37283 2014

Dictamen Contraloría: Tiempo de alimentación infantil es trabajado, descuentos improcedentes

Abstracto

La Contraloría General determina que el tiempo dedicado a la alimentación de hijos menores de dos años durante la jornada ordinaria se considera trabajado, por lo que no procede efectuar descuentos en la remuneración por dicho concepto.

Resumen

  • Una funcionaria del Hospital Clínico de la Universidad de Chile reclamó descuentos indebidos en su remuneración por el uso del derecho de alimentación de su hijo menor de dos años.
  • El artículo 206 del Código del Trabajo concede a las trabajadoras el derecho a disponer, a lo menos, de una hora diaria para alimentar a sus hijos menores de dos años, pudiendo ser fraccionado y ajustado dentro de la jornada.
  • El tiempo utilizado para la alimentación de hijos menores de dos años, conforme al artículo 206 del Código del Trabajo, se considerará para todos los efectos legales como tiempo trabajado.
  • El artículo 65 de la Ley N° 18.834 establece que la jornada ordinaria de trabajo del personal de la Administración del Estado es de cuarenta y cuatro horas semanales, distribuidas de lunes a viern...

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