Contraloría - Dictamen N° 37677 2014

Contraloría: Compensación de labores extraordinarias, descanso y pago en dinero

Abstracto

La Contraloría General establece que la autoridad administrativa puede modificar resoluciones de descanso compensatorio por labores extraordinarias, optando por pago en dinero si resulta inconveniente al servicio, siempre que el derecho no haya prescrito.

Resumen

  • La compensación de labores extraordinarias se rige por el artículo 66, inciso segundo, de la Ley N° 18.834, privilegiando el descanso complementario, y solo en su imposibilidad, el pago de un recargo en las remuneraciones.
  • La autoridad administrativa posee la facultad de modificar los actos administrativos que han dispuesto la retribución de labores extraordinarias con descanso, pudiendo optar por el pago en dinero si estima que el mecanismo inicial no es conveniente por razones de buen servicio, conforme a lo establecido en el dictamen N° 76.031/2011.
  • El derecho al ejercicio del descanso compensatorio por labores extraordinarias prescribe en el plazo de dos años, contado desde la fecha en que se hizo exigible, de acuerdo al artículo 161 de la Ley N° 18.834.
  • La decisión de la Direc...

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