Contraloría - Dictamen N° 39765 2014
Ausencia laboral por prisión preventiva y condena: no es causa justificada
Abstracto
La Contraloría determina que la ausencia laboral de un asistente de la educación, motivada por prisión preventiva y condena por abuso sexual, no constituye causa justificada de inasistencia, validando el término del contrato por parte del municipio.
Resumen
- Se analiza la procedencia del término de contrato laboral de un asistente de la educación por ausencia motivada por prisión preventiva y condena penal.
- La causal de terminación del contrato se fundamenta en la inasistencia del trabajador sin causa justificada a sus labores, en conformidad con el artículo 160, N° 3, del Código del Trabajo.
- El artículo 160, N° 3, del Código del Trabajo establece la terminación del contrato por "No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo".
- La normativa laboral aplicable al caso se extiende a la materia por mandato del artículo 4º de la ley N° 16.464.
- Un criterio previamente establecido por la Contraloría (Dictamen N° 18.372/...
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