Contraloría - Dictamen N° 41224 2014

Dictamen Contraloría: Cotizaciones de pensionado Defensa Nacional en régimen AFP

Abstracto

Contraloría determina que pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional no puede cotizar a dicho régimen si ya se afilió al sistema del DL 3.500, por ser esta afiliación única y permanente.

Resumen

  • Se establece que un pensionado de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, que ha obtenido su beneficio jubilatorio y se ha afiliado posteriormente al sistema del Decreto Ley N° 3.500 de 1980, no puede volver a cotizar en el régimen previsional de origen por un nuevo desempeño laboral.
  • La afiliación al sistema previsional del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, es única, permanente y subsiste durante toda la vida del afiliado, independientemente de si se mantiene o no en actividad, ejerza una o varias actividades simultáneas o sucesivas, o cambie de institución.
  • El artículo 10 de la ley N° 18.458 preceptúa que los pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional seguirán afectos a ella en caso de reingresar al servicio en otras plazas o empleos de instituciones, servicios, o...

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