Contraloría - Dictamen N° 41299 2014
Competencia del Ministerio Público para citar ex peritos del Servicio Médico Legal
Abstracto
El Ministerio Público decide si solicita la citación de un ex perito del Servicio Médico Legal, y el tribunal resuelve en definitiva sobre la comparecencia y eventuales sanciones por incumplimiento.
Resumen
- El Ministerio Público posee la atribución exclusiva para determinar si solicita la citación de un ex-perito del Servicio Médico Legal (SML) a juicios orales.
- Corresponde al tribunal competente resolver en definitiva sobre la procedencia de la citación de un ex-perito del SML y la aplicación de sanciones por renuencia.
- La obligación de comparecer y declarar en juicios orales se extiende a quienes han evacuado peritajes, incluso si se han desvinculado del organismo auxiliar del que dependían.
- El Código Procesal Penal (CPP), en su artículo 314, faculta a las partes para presentar informes periciales y solicitar la citación de peritos a la audiencia de juicio oral.
- La negativa de un perito a prestar declaración en juicio oral puede acarrear sanciones conforme al CPP (Art. 299, remiti...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora