Contraloría - Dictamen N° 42272 2014
Dictamen sobre obligación de detallar descuentos voluntarios en liquidaciones de sueldo
Abstracto
Contraloría General determina que la ley no exige detallar descuentos voluntarios para asociaciones de empleados en liquidaciones de sueldo, siempre que estén autorizados y no excedan el límite legal del 15%.
Resumen
- Un empleado de la Subsecretaría de Obras Públicas consultó sobre la infracción al artículo 96 de la ley N° 18.834, por no detallar en las liquidaciones de sueldo los descuentos voluntarios para el pago de deudas contraídas a través de asociaciones de empleados.
- La normativa aplicable, específicamente el artículo 96 de la ley N° 18.834, prohíbe deducir de las rentas del empleado cantidades distintas a impuestos, cotizaciones de seguridad social y otras expresamente contempladas en la ley.
- De forma excepcional, el artículo 96 de la ley N° 18.834 permite al jefe superior de la institución autorizar, a requerimiento escrito del servidor, la deducción de sumas o porcentajes destinados a efectuar pagos de cualquier naturaleza.
- Las deducciones autorizadas excepcionalmente bajo el artículo...
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