Contraloría - Dictamen N° 43184 2014
Dictamen Contraloría: Institutos Profesionales y Títulos con Licenciatura Previa
Abstracto
La Contraloría determina que institutos profesionales no pueden otorgar títulos que requieran licenciatura previa, revocando argumentos y ordenando fiscalización a MINEDUC, respetando derechos adquiridos.
Resumen
- El Ministerio de Educación (MINEDUC) consultó si los institutos profesionales podían seguir impartiendo carreras de pedagogía que requieren de licenciatura previa para su titulación.
- Inicialmente, el decreto con fuerza de ley N° 5, de 1981, prohibía a institutos profesionales otorgar títulos que exigieran licenciatura previa, salvo excepciones.
- La ley N° 18.962 (Ley General de Educación) estableció en su artículo 31 que los institutos profesionales solo podían otorgar títulos sin licenciatura previa, y universidades los que sí la requerían.
- El artículo 7° transitorio de la ley N° 18.962 permitía excepcionalmente a institutos profesionales impartir carreras de pedagogía, educación parvularia y periodismo que requirieran licenciatura previa, pero sin crear nuevas.
- La ley N° 20.370,...
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