Contraloría - Dictamen N° 43229 2014

Dictamen Contraloría: Aprobación Tácita Concejo para Incobrabilidad de Deudas Municipales

Abstracto

Contraloría determina que la aprobación tácita del concejo municipal no aplica a la declaración de incobrabilidad de deudas. La municipalidad incurrió en error al utilizar dicho mecanismo, el cual no está contemplado para esta materia específica.

Resumen

  • La Contraloría General de la República analiza si resulta procedente que una entidad edilicia aplique el mecanismo de aprobación tácita del concejo municipal, contemplado en el artículo 82, inciso final, de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para la declaración de incobrabilidad de deudas, materia regulada en el artículo 66 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979.
  • El artículo 82, inciso final, de la Ley N° 18.695 establece un sistema de aprobación tácita al indicar que si los pronunciamientos del concejo colegiado no se emiten dentro de los plazos legales, regirá lo propuesto por el alcalde.
  • El artículo 66 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, faculta a las municipalidades, previa certificación del secretario municipal y mediante decreto alcaldicio con acuerdo del c...

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