Contraloría - Dictamen N° 43438 2014
Procedimiento para declarar créditos incobrables de Carabineros de Chile
Abstracto
La Contraloría General define el procedimiento y requisitos para que Carabineros declare créditos incobrables, incluyendo la intervención del CDE, montos mínimos para acciones judiciales y criterios de agotamiento de cobro.
Resumen
- Carabineros de Chile, como entidad de la Administración centralizada, actúa bajo la personalidad jurídica y patrimonio del Fisco, siendo representado judicialmente por el Consejo de Defensa del Estado (CDE).
- El Consejo de Defensa del Estado (CDE) ejerce la representación judicial del Fisco conforme a lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 3°, N° 1, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1993, del Ministerio de Hacienda.
- Carabineros de Chile ha informado su decisión de no ejercer acciones jurisdiccionales por daños a vehículos institucionales cuando el monto no supere las 200 unidades de fomento (UF), limitando las gestiones a cobranzas extrajudiciales para montos inferiores.
- El resarcimiento de daños ocasionados a bienes fiscales por funcionarios en actividad debe perseguirse media...
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