Contraloría - Dictamen N° 45063 2014
Aclaración sobre cómputo de prescripción para asignación de mérito municipal
Abstracto
El dictamen aclara que el derecho al cobro de la asignación de mérito municipal prescribe a los seis meses desde que las calificaciones son ejecutoriadas, sin perjuicio de la obligación de realizar los procesos pendientes.
Resumen
- La consulta aborda la determinación de la fecha de inicio del cómputo del plazo de prescripción de seis meses para el cobro de la asignación de mérito municipal, regulada por la Ley N° 19.378.
- La asignación anual de mérito se fundamenta en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal.
- Son elegibles para la asignación de mérito aquellos funcionarios con evaluación positiva, ubicados dentro del 35% mejor evaluado en su categoría y clasificados en Lista 1 (Distinción) o Lista 2 (Buena).
- El pago de la asignación de mérito se efectúa de forma trimestral, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, cubriendo las sumas correspondientes al trimestre anterior.
- El artículo 33 del Decreto N° 1.889 de 1995, Reglamento de la Carrera Funcio...
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